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 DESPIDO OBJETIVO

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3 participantes
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BABEL
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MensajeTema: DESPIDO OBJETIVO   DESPIDO OBJETIVO Icon_minitimeMar Feb 12, 2008 11:00 am

Que es un despido objetivo, segun la ley. ¿ que os parece ?
Laboral / Extinción del contrato /Despido Objetivo
DESPIDO OBJETIVO Barralarga
En este caso el contrato lo extinguirá el empresario por:
1.-Ineptitud del trabajador
Debe ser conocida después de cumplido el período de prueba, si existía con anterioridad, no puede ser alegada ahora como causa de despido.
2.-Falta de adaptación del trabajador a las modificaciones técnicas en su puesto de trabajo
Para que sea motivo de despido es necesario que las modificaciones hayan sido razonables para los conocimientos del trabajador y que se concedan, al menos, dos meses para adaptación a los cambios. El contrato puede quedar suspendido (con derecho a salario), durante el tiempo necesario y hasta un máximo de tres meses cuando se le ofrezca al trabajador un curso de adaptación profesional.
3.-Amortización de puestos de trabajo
Debe estar acreditada en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, teniendo prioridad de permanencia en la empresa los representantes de los trabajadores. Además es requisito imprescindible que en un período de 90 días las extinciones afecten a menos de 10 trabajadores en empresas que ocupen menos de 100 trabajadores o a menos de 10% en aquellas que ocupen entre 100 y 300 trabajadores. Si se sobrepasa este límite estariamos ante un despido colectivo, pudiendo así declararse cuando la empresa hace las extinciones en períodos consecutivos de 90 días para eludir este.
4.-Faltas de asistencia al trabajo
Deben ser, aún justificadas, superiores al 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos o superiores al 25% en cuatro meses no consecutivos, dentro de un período de 12 meses, siempre que el índice de absentismo del conjunto de la plantilla supere el 5% en el mismo período de tiempo. No pueden alegarse como faltas de asistencia las debidas a huelga, las ocasionadas por representación legal de los trabajadores, las provocadas por accidentes de trabajo, maternidad, licencias o vacaciones.
Procedimiento general
El empresario debe notificárselo al trabajador por escrito con una antelación de 30 días.
Además, el trabajador tiene derecho a una indemnización de 20 días de salario por año de servicio, con un máximo de 12 mensualidades, en el momento de la notificación del despido.
El trabajador tiene derecho a una licencia de seis horas a la semana, durante el período de preaviso, sin pérdida de salario, con objeto de buscar nuevo empleo.
El empresario puede optar por sustituir el preaviso por una indemnización, en la cuantía del salario equivalente a ese período.
En caso de que el trabajador no esté conforme con las causas manifestadas, o entienda que las mismas son alegadas a los efectos de disminuir la indemnización que correspondería a un despido improcedente, podrá presentar la correspondiente demanda ante el Juzgado de lo Social solicitando la improcedencia del mismo, en cuyo caso es aconsejable la opinión y asesoramiento de un profesional.
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BABEL
Colaborador



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MensajeTema: como lo veis   DESPIDO OBJETIVO Icon_minitimeMar Feb 12, 2008 11:08 am

¿Os identificais con esta situacion?, pues yo no creo estar reflejado en ninguno de los apartados,
sobre todo cuando ellos estan queriendo contratar personal para los mismos puestos estando nosotros mil veces mas preparados.
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LACHONI
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Cantidad de envíos : 8
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MensajeTema: Re: DESPIDO OBJETIVO   DESPIDO OBJETIVO Icon_minitimeMar Feb 12, 2008 11:22 am

TIENES TODA LA RAZON BABEL.NO ESTAMOS EN NINGUNO DE ESTOS CASOS.PERO YA SABEMOS LO PIRATAS QUE SON, NO HACEN NADA BIEN SOLO LO QUE LES INTERESA A ELLOS. flower
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yo misma
Invitado




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MensajeTema: Re: DESPIDO OBJETIVO   DESPIDO OBJETIVO Icon_minitimeMar Feb 12, 2008 2:49 pm

LA DIRECTIVA YA HA HABLADO CON TODOS LOS EMPELADOS DE SEVILLA, Y ESTOS, NO HAN TOMADO NINGUNA DECISION POR EL MOMETO
EN ESPERA DE VER QUE ES LO QUE LES PERTENECE LEGALMENTE, SEGUN SU ABOGADO,
HABIENDO ALGUN CASO EN EL QUE SE LES HA OFRECIDO SOLO ALREDEDOR DE UN 25% DE LO QUE LES PERTENECERIA
PUES NADA, AQUI SEGUIMOS.
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LACHONI
Usuario



Cantidad de envíos : 8
Edad : 43
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MensajeTema: Re: DESPIDO OBJETIVO   DESPIDO OBJETIVO Icon_minitimeMar Feb 12, 2008 3:08 pm

SE CONVOCA LA HUELGA PARA EL DIA 21/ FEBRERO EN LA PUERTA DE LA CENTRAL DE ARJONA, YA ES OFICIAL. SI TENEIS DUDAS LLAMAR A CUALQUIER OFICINA (PINOMONTANO, ROCHELAMBER,MACARENA,CASTILLEJA Y SAN JUAN DE AZNALFARACHE). lol! lol! lol! lol!
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compañer
Invitado




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MensajeTema: Re: DESPIDO OBJETIVO   DESPIDO OBJETIVO Icon_minitimeMar Feb 12, 2008 9:15 pm

Babel ,si fuera despido objetivo , estaría bien los 20 días entonces?
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BABEL
Colaborador



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MensajeTema: Re: DESPIDO OBJETIVO   DESPIDO OBJETIVO Icon_minitimeMar Feb 12, 2008 10:10 pm

Si consiguen demostrar que es un despido objetivo nos tendrian que pagar solo esos 20 dias, de todas formas eso ya te lo da el fogasa, y tambien se les ha pedido atrasos, pluses etc...
has tus cuentas, pero yo voy a intentar ir por mis 45 dias que me corresponden a no ser que me hagan una oferta de solo el 20% menos de lo que me ha dicho el abogado que tengo que cobrar,cosa absurda en mi caso, que no me van a pagar. drunken
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jovemu
Usuario



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Fecha de inscripción : 10/02/2008

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MensajeTema: Re: DESPIDO OBJETIVO   DESPIDO OBJETIVO Icon_minitimeMiér Feb 13, 2008 11:07 pm

Para hacer un despido objetivo, la empresa debe demostrar que lleva obteniendo perdidas desde hace 3 años. por lo que al no ser cierto no es legal en nuestro caso.
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MensajeTema: Re: DESPIDO OBJETIVO   DESPIDO OBJETIVO Icon_minitime

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